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Argentina: Restricciones a los pagos de proveedores
6 de septiembre de 2022

Miembros de amec alertan de restricciones a los pagos al exterior en Argentina que están afectando a los proveedores.

 

Tras ser alertados por algunos miembros de amec respecto a restricciones para realizar importaciones por parte de sus clientes argentinos, hemos contactado con la Embajada de España en Buenos Aires.

 

La Embajada nos ha informado que recientemente el Banco Central de la República Argentina ha establecido restricciones a los pagos al exterior que están afectando a todos los proveedores en todo el mundo. Se trata de una medida excepcional ante las extraordinarias circunstancias de escasez de reservas que el Banco está experimentando y con un efecto temporal.

La norma no discrimina por medio de pago. Lo que establece es:

  • Una obligación de diferir el pago a 180 días desde la fecha de oficialización del despacho de aduana en el caso de importaciones sujetas a Licencias No Automáticas de Importación aprobadas con posterioridad al 03.03.2022.
  • En el caso de importaciones sujetas a Licencias Automáticas, esa obligación se aplica cuando el importador supera un cupo fijado en el valor de sus importaciones 2021 + 5% (15% para pymes, si no supera USD 1 millón) o importaciones 2020 + 70%.
  • Hay una lista de productos que se considera que compiten con la producción nacional y, en ese caso, se aplica directamente la obligación de diferimiento a 180 días aunque tengan Licencia Automática (ver la lista en la Communication “A” 7532 http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Buscador_de_comunicaciones.asp).
  • También hay una lista de productos considerados de lujo para los que la obligación de diferimiento se extiende a 365 días (ver la lista en la Communication “A” 7532 http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Buscador_de_comunicaciones.asp).
  • El pago de los servicios prestados por los no residentes se ha asimilado al pago de los bienes importados, lo que significa que los importadores de servicios podrán ahora acceder al mercado de cambios en función de sus resultados de pago en 2021.Para los nuevos importadores, la cuota anual de divisas se fija en 20.000 USD. Para cualquier pago que supere la cuota anual, el importador tendrá que buscar financiación durante 180 días. Se aplican dos excepciones: los pagos de los fletes internacionales y el turismo.

En principio, la medida se extendía hasta septiembre. Sin embargo, recientemente se ha anunciado su prórroga hasta diciembre de este año. Si la norma no se prorroga, las operaciones que se realicen a partir de diciembre volverán a regirse por la normativa anterior.

La Embajada está monitoreando la situación junto con la Delegación de la Comisión Europea. De momento, no hay medidas concretas que se puedan tomar para tratar de revertir esta situación.

 

Más información

Raquel Pous

Unidad de Conocimiento

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