Se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria de subvenciones para proyectos de transferencia e innovación, generación de conocimiento, comunidades de empresas emergentes, ética y sociedad y espacio de datos en el marco de la Red territorial de hubs en inteligencia artificial del programa Redes territoriales de especialización tecnológica (RETECH).
Próximamente se abrirá convocatoria.
Esta Orden se estructura en cinco líneas de subvención, de las que destacamos la 1 y la 5:
Son subvencionables los proyectos que den respuesta a una demanda real actual, sean innovadores y contribuyan a dinamizar el sector de tecnologías emergentes como las tecnologías de datos y de inteligencia artificial. Además:
Son beneficiarios de esta línea de subvención las empresas públicas y privadas, los organismos de investigación y difusión de conocimiento y las agrupaciones formadas por dos o más de estos entes.
Los proyectos recibirán una subvención máxima, de acuerdo con la disponibilidad del presupuesto, de 200.000,00 € para cada proyecto presentado por una única entidad solicitante.
Desarrollo de casos de uso de espacios de datos mediante el centro demostrador desarrollado en el marco de la Red territorial de hubs en inteligencia artificial del programa Redes territoriales de especialización tecnológica (RETECH) del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) financiado por el fondo Next Generation EU.
Un caso de uso se define como una aplicación práctica de las tecnologías de compartición y explotación de datos para la consecución de un objetivo de negocio y estrategia, impulsando la colaboración entre varias empresas (privadas y públicas) y administraciones públicas.
Los casos de uso subvencionables tienen que combinar todas las actividades siguientes:
Son beneficiarias de esta línea de subvención las empresas públicas y privadas, y las agrupaciones formadas por dos o más de estas empresas.
Los proyectos recibirán una subvención máxima, de acuerdo con la disponibilidad del presupuesto, de 400.000 €.
→ Orden EMT/43/2025, de 20 de marzo
https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=1010061