Finaliza el uso de certificados de origen preferenciales electrónicos
30 de abril de 2024
Dada la situación provocada por la pandemia del COVID-19, en 2020 la Comisión recomendó certificados de origen preferenciales de terceros países emitidos por medios electrónicos.
Esta flexibilidad termina el próximo 1 de mayo del 2024.
A partir de entonces, se podrá declarar en la casilla 44 del DUA de importación el código 9020 únicamente cuando la prueba de origen preferencial que se presente haya sido emitida por medios electrónicos por autoridades aduaneras, por el momento, de Marruecos, Túnez, Israel y Noruega.
No obstante, hay una excepción en el caso del Convenio Paneuromediterráneo, cuya revisión entrará en vigor en enero del 2025.
Recursos
→ Novedades en la aceptación de certificados de origen preferenciales de terceros países emitidos por medios electrónicos
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